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handbike-facilitada

Quien ha tenido la oportunidad de probarla, sabe que una handbike es un producto de apoyo esencial para las personas que van en silla de ruedas: facilita la movilidad y los desplazamientos, disminuyendo exponencialmente la dependencia de otras personas o medios de transporte y aumentando la calidad de vida. Las instituciones sanitarias comienzan a percatarse de estas necesidades, y es por ello que hoy os vamos a explicar con todo detalle cómo conseguir una handbike eléctrica facilitada por la Conselleria en la Comunitat Valenciana.

Antes de empezar, queremos aclarar que los catálogos de prestaciones ortoprotésicas son regulados por cada autonomía, y lamentablemente, hasta hoy, las handbikes, sólo están incluidas dentro del catálogo valenciano. Además, se valoran muchos factores, por lo que podría haber cierta variación en personas con características aparentemente similares.

Pasos a seguir:

En esencia, los pasos a seguir son exactamente los mismos que para conseguir una silla eléctrica, es más, al paciente se le recetará una silla eléctrica al final del proceso de valoración y administrativo y será la ortopedia la que solicitará la autorización del producto con el código correspondiente, en este caso, el de la handbike eléctrica. A continuación os detallamos el procedimiento habitual:

  1. Visitar al/la especialista que deberá realizar el informe médico que justifique el uso de la silla de ruedas eléctrica. Puede ser rehabilitador/a, traumatólogo/a o neurólogo/a. Desde Rodem, os recomendamos que lo haga el rehabilitador/a porque suele ser el/la más especializado/a en valorar la musculatura, esfuerzo, cansancio, etc. Rellenará el informe en cuestión y si existen patologías añadidas como cardiopatías o enfermedades respiratorias, es recomendable solicitar también los informes a los/as especialistas correspondientes.
  2. Una vez se tiene dicho informe, hay que pedir cita en el/la trabajador/a social que realizará el informe social. Aquí se valorarán aspectos cómo si la vivienda permite el uso de silla eléctrica (es planta baja, tiene ascensor, etc.), el relieve del entorno de la vivienda, si servirá de apoyo en sus desplazamientos al trabajo o al centro de estudios, etc. Es habitual que dicho/a profesional necesite información complementaria al no conocer en profundidad estos productos; consultará con la persona interesada o con alguna ortopedia especializada.
  3. El/la trabajador/a social enviará su informe y el del especialista a Conselleria para que sea valorado por la comisión de sillas de ruedas eléctricas. Dicha comisión está formada por: médicos/as rehabilitadores/as, trabajadores/as sociales, personal de la administración y representantes de asociaciones de pacientes. Esta comisión se reúne cada 2 ó 3 meses, valora caso por caso y decide si se concede o no la silla de ruedas eléctrica en base a los informes que tienen sobre la mesa. Si existen muchas solicitudes, es posible que se realicen reuniones extraordinarias.
  4. Se recibirá en el domicilio, por correo certificado, el veredicto de la comisión. Puede que la la solicitud haya sido desestimada, en cuyo caso se ofrecerá la posibilidad de recurso; que se precise ampliación de informe; o que haya sido estimada, en cuyo caso, se recibirá directamente la prescripción de la silla de ruedas eléctrica, un listado de ortopedias autorizadas y el catálogo actualizado.
  5. Con la prescripción, deberá acudir a su ortopedia de confianza. Allí será asesorado/a por profesionales y elegirá una silla eléctrica, u otro producto de apoyo, que acoplado a la silla de ruedas manual, la dote de una asistencia eléctrica.
  6. En Rodem Ortopedia tenemos un amplio catálogo de Handbikes Stricker eléctricas y semieléctricas a las que se puede optar a través de dicha prescripción. También contamos con otros dispositivos de ayuda eléctrica y variedad de sillas de ruedas eléctricas para probar.

Requisitos del usuario/a:

  • Estar empadronado/a en la Comunitat Valenciana (el resto de catálogos autonómicos, por el momento, no lo contemplan).
  • Estar en posesión o ser susceptible de obtener la prescripción para la obtención de una silla de ruedas eléctrica.
  • Incapacidad funcional permanente para la propulsión de sillas de ruedas manuales con las extremidades superiores.
  • Suficiente capacidad visual, mental y de control que permita el manejo de sillas de ruedas eléctricas sin que ello suponga un riesgo añadido para su integridad o la de otras personas.
  • El entorno y la orografía de la zona en la que reside la persona, se tienen en cuenta. Si existen muchas pendientes, la accesibilidad es insuficiente o el producto favorecerá sus desplazamientos rutinarios (al trabajo o estudios), suelen ser puntos a favor; mientras que si la persona, por ejemplo, nunca sale de casa o vive en un 5º sin ascensor (lo cual imposibilita totalmente el uso de una silla de ruedas eléctrica), no se concederá hasta que no se resuelva dicha situación.

¿Qué dispositivos puedo adquirir?

Dentro del catálogo de prestaciones ortoprotésicas de la Comunidad Valenciana, en el apartado de sillas de ruedas eléctricas, se incluye un código de referencia que indica: "Dispositivos que acoplados a sillas de ruedas manuales transforman su tracción en eléctrica". Ateniéndonos a esta máxima, se puede optar por cualquier dispositivo que cumpla esta función y esto incluye: handbikes eléctricas, SmartDrive, E-Fix, E-Motion, Twion o WheelDrive.

¿Qué cantidad cubre Conselleria?

En el caso de handbikes y equivalentes, Conselleria asumirá un máximo de 4.000,00 €. Si el producto elegido es de mayor importe, la persona interesada, puede adquirirlo abonando directamente a la ortopedia la diferencia en el momento de la compra o encargo.

*No dudes en contactar con Rodem si tienes cualquier duda e intentaremos resolvértela ;)

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